Cómo colegiarse

COMUNICACIÓN IMPORTANTE: OBLIGATORIEDAD DE COLEGIACIÓN:

De conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (COP) adoptado en su reunión de 28 de marzo de 2009 y en base a lo dispuesto en el artículo 3.2 de la vigente Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, se informa que es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión hallarse incorporado al Colegio correspondiente.

Esta incorporación se debe realizar en el Colegio Territorial que se corresponda con el domicilio de la actividad profesional, único o principal.

Por ello, se ruega a todos los psicólogos que en plazo de dos meses regularicen su situación, si fuera necesario; hecho que redundará en beneficio del propio colegiado y de la Organización Colegial.

Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos

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REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA
PARA LA COLEGIACIÓN


* Estar licenciado en Psicología.
* Presentación del título ORIGINAL y entregar una fotocopia del mismo.
* Si no se tiene el título se deberá presentar en su lugar el original del Resguardo/Certificación que acredita haberlo solicitado y que surte los efectos del mismo hasta que el título se edite y una fotocopia.
* Para títulos EXTRANJEROS presentación de documento original de Homologación u Acreditación de Cualificación Profesional y una fotocopia.
* D.N.I. original y una fotocopia.
* Tres fotografías del tamaño carnet
* Datos bancarios (20 dígitos de la entidad bancaria y su domicilio).
* Si se ha licenciado en el mismo año de la colegiación o en el año previo, se presentará una papeleta de notas o el certificado que lo acredite para poder acceder a la bonificación del 50% en la cuota alta de inscripción colegial (*cuota alta última promoción)

PRECIOS

CUOTA ALTA INSCRIPCIÓN......................101,40€
CUOTA ALTA ULTIMA PROMOCIÓN...........50,70€
CUOTA SEMESTRAL...................................101,40€

Importante: La cuota semestral corresponde a 16,90 €/mes * 6 meses . Al colegiarse se abonará en efectivo la cuota de alta que corresponda y los meses que queden hasta completar el semestre natural (Enero-Junio) y (Julio-Diciembre). Posteriormente las cuotas semestrales se pasaran mediante recibo bancario.
Se cobrará el mes entero independientemente del día que se proceda a la colegiación.
Llamar por teléfono antes de venir


Acuerdo Junta Rectora 22 de Octubre de 2011, sobre Exención Pago Cuota Alta Inscripción para todas aquellas personas que ya hubiesen estado colegiadas, durante algún periodo, en este Colegio.

De manera excepcional, dada la situación de crisis económica actual, la Junta Rectora del COPPA acordó en su reunión de 22 de octubre de 2011, prorrogar acuerdo de 31 de octubre de 2009 de exención en el pago de la cuota de alta colegial para todas aquellas personas que ya hubiesen estado colegiadas, durante algún periodo, en este Colegio.

Las personas que encontrándose en esta situación, quieran colegiarse en el COPPA, únicamente deberán abonar en efectivo en el momento de formalizar el alta el importe correspondiente a los meses que queden hasta completar el semestre natural (Enero-Junio) y (Julio-Diciembre).

El periodo de excepción finalizará el 31 de diciembre de 2012.
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BAJA COLEGIAL VOLUNTARIA:

La solicitud ha de realizarse cumplimentando y firmado el impreso que se puede descargar aquí -que se ha de hacer llegar al Colegio por correo certificado o entregándolo personalmente en Secretaría- estando al corriente del pago de cuotas (incluyendo el semestre en curso; los semestres finalizan el 31 de diciembre y el 30 de junio), y devolviendo el carné de colegiado/a. _____________________________________________________________