Convocadas las elecciones de las o los tres vocales de la Junta Directiva de la misma elegidos por los miembros de la División y que se regirán por la Normativa Electoral depositada en la página web de la División.
De acuerdo con lo establecido en la Normativa Electoral, podrán ser candidatos/as todos/as aquellos/as colegiados/as que pertenezcan a la División a fecha 12 de octubre de 2018, como Miembro Ordinario, que estén al corriente de sus obligaciones colegiales y que no hayan sido disciplinariamente sancionados/as en cualquier Colegio de Psicólogos/as, mientras no se haya extinguido la responsabilidad disciplinaria. Las candidaturas deberán presentarse avaladas por seis miembros adscritos a la División, tres de los cuales tienen que ser, cada uno/a, de ámbitos territoriales distintos, siendo los avales excluyentes. El documento de recogida de avales es de formato único, lo proporciona el Consejo General, y se tiene que utilizar para la presentación de candidaturas.
Igualmente, podrán participar como electores todos/as aquellos/as colegiados/as que pertenezcan a la División como Miembro Ordinario y que estén en uso de todos los derechos colegiales, a fecha 12 de octubre de 2018. Para ello podrán comprobar su inclusión en el censo a través del código personal que se les ha facilitado, a través de un enlace en la página web, específico para este fin.
No podrán ejercer su voto ni ser elegidosos/as aquellos/as colegiados/as que entre la fecha de convocatoria y el día de la votación hubiesen cursado su baja en algún Colegio de la Organización Colegial o estén suspendidos/as en el ejercicio de la profesión por sanción disciplinaria firme sin prescribir, ni incapacitados/as o inhabilitados/as legalmente.