Exención máster profesorado
Información de la Consejería de Educación sobre exención del máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formacion Profesional y Escuelas Oficiales.
Publicado el: 16-02-23
La Consejería de Educación del Gobierno de Aragón, ha confirmado al COPPA la aplicación de la Disposición transitoria octava de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, de modo que las/os licenciadas/os en Psicología que obtuvieron su titulación antes del 1 de octubre de 2009, cuyo itinerario curricular incluya la formación pedagógica y didáctica exigida por la mencionada Ley Orgánica 2/2006, acreditada mediante certificados expedidos por las universidades en las que se cursaron las titulaciones, podrán presentarse a las convocatorias al Cuerpo de Profesores de Secundaria sin la necesidad de estar en posesión del título de máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales.